La autotutela es una figura legal de autoprotección de la persona. Mediante escritura pública ante notario, el sujeto puede manifestar cómo desea que se organicen los asuntos relativos a su persona; siempre para el caso de ser incapacitada judicialmente. Esta organización preventiva abarca asuntos relativos tanto a su persona como a sus bienes. Además le permite la designación de un tutor legal, si se produjera una pérdida de la capacidad necesaria para manifestar su voluntad. El otorgamiento de este tipo de documento notarial es cada día más frecuente. Con la ayuda del notario, la persona blinda su futuro ante la perspectiva de un posible pérdida de capacidad.
La autotutela introduce la autorización judicial
En la escritura pública de auotutela, se establecen poderes de gestión patrimonial. Sin embargo, el tutor designado necesita contar con autorización judicial para todos aquéllos actos que impliquen disposición patrimonial del incapaz. Es un elemento que introduce una gran seguridad para la persona pues el tutor puede por ejemplo:
- Tomar decisiones sobre la esfera patrimonial del incapaz, como venta de bienes muebles e inmuebles
- Establecer la vivienda habitual de la persona incapacitada
- Determinar el ingreso del incapaz en una residencia
La escritura de autotutela puede establecer exclusiones
Además de las disposiciones que se tomen con el asesoramiento imparcial del notario, en la autotutela se puede excluir a determinadas personas de la tutoría. Es posible que no queramos que, en caso de incapacidad, algunas personas pudieran encargarse de nuestra tutela. Por ello, la escritura pública de autotutela incluye la posibildad de dejarlo dicho. El notario recogerá nuestra voluntad y esto asegurará que se cumple.
La autotutela y el poder preventivo
Desde el Consejo General del Notariado se recomienda otorgar la autotutela junto al poder preventivo. Dedicaremos otro artículo a esta segunda figura más adelante. Pero baste decir por ahora que, en virtud de los atributos de ambas escrituras públicas, pueden complementarse. Esto es: si sobreviniera la incapacidad, la persona designada podrá decidir cuál de los dos documentos notariales es más conveniente utilizar. Siempre dependiendo del caso concreto y contando por supuesto con el asesoramiento imparcial del notario.
Si está pensando en otorgar una autotutela o desea informarse acerca de cualquier tipo de documento notarial, no dude en contactar con nosotros. En la Notaría Aparicio de Alcalá de Henares estaremos encantados de aclarar todas sus dudas y pondremos a su servicio un completo equipo de profesionales que le ayudará en todo lo que necesite.
