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¿Puedo renunciar a una herencia?

By octubre 11, 2019 No Comments
renunciar a una herencia

Las herencias pueden ser un proceso complicado, si además lo que quieres es renunciar a una herencia, lo primero que hay que hacer es asesorarse muy bien. Para ello, el notario será el indicado para ofrecer ayuda y consejo.

En ciertas ocasiones, y cada vez más, recibir una herencia no beneficia a los herederos. Puede que los trámites necesarios para obtenerla lleguen a costar más que lo percibido. También puede pasar que lo heredado no sea de interés del beneficiario o que el fallecido deja más deudas que bienes. Cada año aumenta el número de las personas que renuncian a una herencia. En cualquier caso, aceptar o renunciar a una herencia no es tarea sencilla. Hay que pensar bien en los beneficios y en los inconvenientes que se obtendrán.

¿Cuándo se puede renunciar a una herencia?

No existen plazos fijados para renunciar a una herencia. Pero sí es importante hacerlo antes de que expire el plazo voluntario para la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones que depende de cada Comunidad Autónoma. Normalmente, hay un periodo de seis meses desde el fallecimiento y puede darse la renuncia de tres maneras:

  • Antes de que prescriba el Impuesto de Sucesiones, eximiéndonos de su pago.
  • Después de que prescriba el Impuesto de Sucesiones, convirtiéndonos en heredero consumado. Si queremos renunciar en favor de otros familiares, tendremos que pagar el impuesto de donaciones, ya que se considerará como donación.
  • Si hay más herederos, puede darse que éste o éstos nos exijan que digamos si renunciamos o aceptamos la herencia. En este caso, tenemos hasta 30 días naturales para manifestar nuestra decisión. Si no se expresa la renuncia, pasado el plazo, se considerará aceptada.

¿Quién puede renunciar a una herencia?

Toda persona es libre de renunciar a una herencia pero hay casos en los que se necesita la intervención de autoridades judiciales o competentes:

  • Menores de edad. En este caso son los tutores legales los que toman la decisión de aceptar o renunciar a la herencia.
  • Incapacitados. Lo mismo ocurre con las personas incapacitadas. El tutor legal será el encargado de renunciar o aceptar la herencia.
  • Asociaciones, fundaciones y organizaciones. Necesitan tener la aprobación judicial con audiencia del Ministerio Fiscal.
  • Administraciones públicas. Solo podrán rechazar las herencias con consentimiento previo del Gobierno.

Si necesita asesoramiento jurídico sobre cómo renunciar a una herencia o realizar algún documento notarial, no dude en contactar con nosotros. En la Notaría Aparicio de Alcalá de Henares estaremos encantados de aclarar todas sus dudas y pondremos a su servicio un completo equipo de profesionales que le ayudará en todo lo que necesite.