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Emancipación de un menor: motivos y condiciones

Emancipación de un menor

Para que la emancipación de un menor tenga lugar deben existir determinados motivos y condiciones. Es una figura muy poco común en nuestro país. La ley española contempla la posibilidad de este acto jurídico en algunos casos con un específico grado de especialidad. Debemos tener en cuenta que, mediante la emancipación de un menor se produce un hecho de amplias consecuencia. Un individuo  con más de 16 años y no mayor de 18 años pasa a disponer de su persona. También de la totalidad de sus bienes. Todo con la misma libertad y garantías que un mayor de edad. La cosa no es baladí. Por este motivo la ley establece así una serie de motivos y condiciones necesarias para llevar a cabo el acto.

La emancipación de un menor por matrimonio ya no es posible

El matrimonio del menor estuvo incluido entre los supuestos que pueden dar lugar a su emancipación hasta el año 2015. Pero en dicho año se produjo una modificación del Código Civil que excluyó esta vía. Así, los motivos y condiciones para la emancipación de un menor quedaron en dos posibilidades: por la concesión de aquéllos que ejercen la patria potestad; y por concesión judicial.

  • Emancipación por concesión de los que ejercen la patria potestad. El menor debe tener dieciséis años cumplidos y consentir en su emancipación. Se otorga por escritura pública o ante el juez.  Una vez llevada a cabo, la emancipación es irrevocable. Es más que recomendable por eso contar siempre con los servicios de un notario. Además, se considerará emancipado al hijo de más de dieciséis años que viva independientemente de sus padres con consentimiento de los mismos; quienes, sí en este caso, pueden revocar la emancipación.
  • Emancipación de menores por concesión judicial. A partir de los 16 años, el menor puede solcitarla al juez bajo determinadas circunstancias: los que ejercen la patria potestad se han casado otra vez o conviven con otra persona distinta; los progenitores viven en estado de separación; se de la existencia de obstáculos graves para ejercer la patria potestad; o que el Juez, informe del Ministerio Fiscal mediante, considere ajustada a derecho l concesión de la mayoría de edad al menor tutelado de más de 16 años.

Si desea más información acerca de los motivos y condiciones para la emancipación de un menor no dude en contactar con nosotros. En la Notaría Aparicio de Alcalá de Henares estaremos encantados de aclarar todas sus dudas y pondremos a su servicio un completo equipo de profesionales para ayudarle.